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	<title>Co-conocer</title>
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	<description>Otro sitio más de Comunidad Campana Blogs</description>
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		<title>Conocimiento Exponencial</title>
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		<pubDate>Tue, 04 Oct 2011 19:26:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>

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		<description><![CDATA[“No hay inversión más rentable que la del conocimiento” Benjamin Franklin. La diferencia que produce el intercambio de conocimiento en relación al intercambio de cualquier otro elemento, es el resultado exponencial que representa para los involucrados. “Si intercambio una manzana, sigo teniendo una, si intercambio ideas tengo dos.” Fuente: Compartiendo el conocimiento Jordi Adell. En [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p><strong>“</strong><strong>No hay inversión más rentable que la del conocimiento” Benjamin Franklin.</strong></p></blockquote>
<p>La diferencia que produce el intercambio de conocimiento en relación al intercambio de cualquier otro elemento, es el resultado exponencial que representa para los involucrados.</p>
<blockquote><p><strong>“Si intercambio una manzana, sigo teniendo una, si intercambio ideas tengo dos.” Fuente: Compartiendo el conocimiento Jordi Adell.<a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/10/diferencias_clip_image002_0001.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-74" title="diferencias_clip_image002_0001" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/10/diferencias_clip_image002_0001-300x300.jpg" alt="" width="300" height="300" /></a></strong></p></blockquote>
<p><strong> </strong></p>
<p>En relación a este tratamiento del conocimiento existen hoy día muchas teorías, escritos, y herramientas que facilitan la administración del conocimiento. Pero no es de nuestro interés por lo menos en esta oportunidad adentrarnos en ese camino sino de alguna manera exponer la importancia del intercambio de fuentes, para la creación de un conocimiento exponenciado.</p>
<p>La utilización en muchos casos de información brindada por otros blogs, sites, redes sociales, no sólo se transforma en conocimiento para quien la utiliza sino que se multiplica al ser difundida y tiene la ventaja de permitir el intercambio de este bien tan valorado hoy día,,,invisible, imposible de cuantificar, de tocar,,,que es el <em>conocimiento</em>.</p>
<p>Si todos podemos comprender que en la red el efecto del intercambio es exponencial, que así como mis contactos de Facebook se enteran de manera simultánea de una publicación que uno realiza como entrada única, o dicho con otras palabras al realizar una sola publicación con un click de aceptar multiplico esa información de manera instantánea mínimamente a mis contactos; entonces el efecto de compartir, intercambiar, buscar diferentes fuentes para las temáticas que nos ocupan, no sólo nos sirve para informarnos sino también para un proceso de aprendizaje, a través del cual internalizamos el conocimiento.</p>
<p>Entender, comprender y aprender las multiplicidad de opciones que tenemos en la punta de los dedos, la multiplicidad de accesos a conocimiento, la multiplicidad de accesos a capacitarnos es fundamental,,,,porque utilizar las redes sociales, sites, internet puede ser un pasatiempo pero también puede convertirse en una fuente inagotable de oportunidades.</p>
<p>Desde CC compartir el CONOCIMIENTO es un valor, un pilar que nos moviliza y esperamos poder multiplicarlo día a día, paso a paso, para el crecimiento de todos.</p>
<p>EQUIPO COMUNIDAD CAMPANA</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Derechos sobre Discapacidad</title>
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		<pubDate>Wed, 21 Sep 2011 21:13:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Discapacidad]]></category>
		<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>

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		<description><![CDATA[Porque es necesario que este conocimiento este en poder de todos compartimos esta información con nuestra Comunidad&#8230; DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REPUBLICA ARGENTINA Por Luis Liendro:&#160; Con mira a fortalecer la difusión de los derechos de las personas con discapacidad, iniciamos la primera Campaña Nacional de concientización y la difusión completa [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Porque es necesario que este conocimiento este en poder de todos compartimos esta información con nuestra Comunidad&#8230;</p>
<table border="0" cellspacing="0" cellpadding="3" width="100%">
<tbody>
<tr>
<td align="left" valign="top"><span style="color: #330000; font-family: Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: medium;"><strong>DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REPUBLICA ARGENTINA</strong></span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<table border="0" cellspacing="0" cellpadding="3" width="100%">
<tbody>
<tr>
<td align="left" valign="top"><span style="color: #330000; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Por Luis Liendro:&nbsp;</p>
<p>Con mira a fortalecer la difusión de los derechos de las personas con discapacidad, iniciamos la primera Campaña Nacional de concientización y la difusión completa de los legítimos derechos de las personas con discapacidad de la Republica Argentina por la World Wide Web. Los invitamos a unirse en la difusión de este documento, con su colaboración mas personas con o sin discapacidad podrán conocer sus derechos y requerirlos para acceder a una vida mas digna. Con tu cooperación por pequeña que pueda parecerte serán muy valiosas para los objetivos de esta campaña.</p>
<p></span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<table border="0" cellspacing="0" cellpadding="3" width="100%">
<tbody>
<tr>
<td align="left" valign="top"><span style="color: #000000; font-family: Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">¿SABES CUALES SON TUS DERECHOS?&nbsp;</p>
<p>En la Republica Argentina es política de Estado, el “SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”. Emanados de la Constitución Nacional Art. 75º inc. 23. El Poder Ejecutivo Nacional propone a los Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provinciales y a las Municipalidades, la sanción en sus Jurisdicciones de regímenes normativos que establezcan principios análogos a las Leyes 22.431, 24.314, 24.901, 25.635, 25.689, entre otras, el acto de adhesión a estas leyes en cada Provincia deben establecer que los organismos que tienen a su cargo, de las acciones y actividades que norman los ordenamientos jurídicos. Asimismo deben establecer una unificada relación con los organismos públicos y/o empresas de dominio público, tanto el los niveles del estado Nacional, Provincial y Municipal.</p>
<p>DIFUNDIR TUS DERECHOS ES CONCIENTIZAR</p>
<p>TU TIENES DERECHO A…<br />
Viajar gratuitamente en todas las líneas de Transporte Publico Terrestre y en los distintos tipos de transportes públicos, Trenes, Subtes y de Larga Distancia, y/o a solicitar un Pase Libre, según el contralor de la autoridad pertinente, Nacional a viajar en las líneas del 1 al 199, Provincial a partir del 200 al 599 y en las Municipales en todas las líneas 600. El Certificado de Discapacidad es el Documento valido y suficiente para acceder al Derecho de Gratuidad, dicha franquicia es extensiva para un acompañante de la persona discapacitada en caso de que así lo exprese y determine el Certificado de Discapacidad, y de que ésta no se conduzca independientemente. En la Provincia de Buenos Aires implícitamente esta adherida al Decreto Nacional y también determina que el Certificado de Discapacidad establecido por la Ley Provincial 10592 será el documento válido y suficiente para tramitar la credencial habilitante que emite la Dirección Provincial del Transporte que permite acceder al beneficio de gratuidad establecido en el artículo 22º de la mencionada ley y que será válida para viajar en todas las líneas de Servicio Público de autotransporte de pasajeros sometidas al contralor jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires, análogamente los Municipios deberían adherir y/o cumplimentarse con la disposición Provincial.</p>
<p>LIMITACIONES:<br />
Poseer Certificado de Discapacidad. Documento suficiente para tramitar credencial y/o viajar en los medio de transporte colectivos de Jurisdicción Nacional. En caso de ser Transporte Publico de larga distancia se debe hacer una anticipada solicitud del pasaje cada vez que se tenga que viajar. En algunos Distritos Municipales o Provinciales, se debe acreditar concurrencia a un Establecimiento Educativo o de Salud y elegir un solo medio de transporte colectivo, según el Certificado de Concurrencia del respectivo Establecimiento que lo acredite. La inobservancia de estas normas, deben ser Denunciada a las Autoridades competentes.<br />
NORMATIVA:<br />
El motivo de viaje no constituye limitante alguna al beneficio de gratuidad establecido por las normativas vigentes. Ley Nac. 22.431 Art. 20º, Ley Nac. 25504, Ley Nac. 25.635. Ley Nac. 25.644. Decreto Nacional Nº 38/2004. Ley Prov. 10.592, Art. 22º, Dec. Prov. 2744 y Leyes de Jurisdicción Provincial.</p>
<p>Se considera política de estado, la causa de integración social, aquellas que permitan a la persona con discapacidad compartir situaciones familiares o comunitarias en un lugar distinto al de su domicilio.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Solicitar una licencia especial por maternidad por el periodo de seis meses más sin goce de sueldo, a partir de la fecha del vencimiento del periodo del alta medica por maternidad, cuando sobreviniera a dicho período un nacimiento de un hijo con Síndrome de Down. Durante el periodo de esta licencia especial la trabajadora percibirá una asignación familiar cuyo monto será igual a la remuneración que ella habría percibido si hubiera prestado servicios. Esta prestación será percibida en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que corresponden a la asignación por maternidad.<br />
LIMITACIONES:<br />
Para el ejercicio del presente derecho, la empleada deberá comunicar fehacientemente el diagnóstico del recién nacido, acreditando ante el empleador mediante certificado médico expedido por autoridad sanitaria oficial, con una antelación de quince días a la fecha del vencimiento del periodo de prohibición de trabajo por maternidad.<br />
NORMATIVA: Ley 24.716.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Recibir una asignación por hijo con discapacidad sin límite de edad. La prestación que establece esta normativa es inembargable por cualquier efecto.<br />
LIMITACIONES:<br />
La asignación se abona a partir del mes que acredite la discapacidad del hijo, por la autoridad competente, normada por el Art. 2º de la Ley Nacional 22431 ante el empleador.<br />
NORMATIVA: Ley 24.714 Art. 6º y 8º.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Integrarse a la Educación Común, mediante el pleno desarrollo de sus capacidades.<br />
La situación de los alumnos/as atendidos en Centros o Escuelas Especiales será revisada periódicamente por equipos de profesionales, de manera de facilitar, cuando sea posible y de conformidad con ambos padres, la integración a las Unidades Escolares Comunes. En tal caso el proceso educativo estará a cargo del personal especializado que corresponda y se deberán adoptar criterios particulares de currículo, organización escolar, infraestructura y material didáctico.<br />
NORMATIVA: Ley 24.195 Capitulo I Art. 5º y Capitulo VII.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Reclamar la plena accesibilidad al medio físico que permitan la transitabilidad utilización y seguridad en los espacios libres y públicos como parques y plazas, baños públicos de edificios privados, de los edificios de uso público de la Administración Publica Nacional, Provincial y Municipal, como así también edificios de viviendas sociales, estaciones de transportes públicos, y a la transitabilidad sin obstáculos en la vía pública como pozos, carteles, mesas, desnivelaciones y aberturas que impidan el pasó y el tropiezo de personas con movilidad reducida y/o bastones o sillas de ruedas y al libre estacionamiento.<br />
LIMITACIONES:<br />
Entiéndase por accesibilidad: La posibilidad de que las personas con discapacidad puedan gozar de las adecuadas condiciones de autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico y del transporte publico, para su integración y la equiparación de oportunidades. Entiéndase por barreras arquitectónicas: Los obstáculos de transitabilidad existentes en los edificios de uso público o privado. Entiéndase por barreras en los transportes públicos: Aquellas que dificulten el acceso y utilización a las personas con movilidad reducida en los medios de transportes públicos terrestres, aéreos y marítimos de corta, media y larga distancia. Entiéndase por adaptabilidad: La posibilidad de modificar en el tiempo el medio físico con el fin de hacerlo completa y fácilmente accesible a las personas con discapacidad.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 19.279, 22.499, Ley Nac. 22.431 Art. 20º, 21º, 22º, Ley Nac. 24.314, Dec. Nac. 914/97, Ley Nacional 25.643 de Turismo Accesible, Ley Provincial 10.592.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Un empleo en la administración publica Nacional en los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, en las empresas del Estado, las Empresas privatizadas, en las Empresas concesionarias de servicios públicos, en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en los Gobiernos Provinciales y las Municipalidades. La inserción laboral en igualdad de oportunidades es de obligado cumplimiento como política publica del Estado Nacional, estando obligados a ocupar personas con capacidades diferente que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal de planta permanente (efectiva), de contratados cualquiera sea la modalidad de contratación y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios y a los fines de un efectivo cumplimiento del 4% de las vacantes que se produzcan dentro de las distintas modalidades de contratación en los Entes dichos, se debe prioritariamente reservarse también un porcentaje a las personas con discapacidad que acrediten las condiciones para el puesto o cargo que deba cubrirse. Las vacantes deben obligatoriamente ser informadas junto a una descripción del perfil del puesto a cubrirse al Ministerio público competente, a los fines de veedor de los concursos y el cumplimiento de lo normado, así mismo la autoridad competente debe velar por la inclusión de las solicitudes laborales inscriptas en los pertinentes registros de postulantes para cubrir puestos de trabajos destinados a las personas con discapacidad. Los postulantes con discapacidad podrán hacer valer de pleno derecho su prioridad de ingreso a igualdad de mérito, si considerará que incumplen con el porcentaje del 4% destinado a las personas con discapacidad, los responsables que les competiera en los que se verifique dicha situación se considerará que incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público establecido en el artículo 1.112 del Código Civil, correspondiendo idéntica sanción para los funcionarios de los organismos de regulación y contralor de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. El Estado Nacional asegura que los procedimientos de selección de personal garanticen las condiciones establecidas en las normativas vigentes y que son de cumplimiento obligatorio para una ocupación plena de las personas con discapacidad a un puesto efectivo de trabajo.<br />
LIMITACIONES:<br />
Acreditar su discapacidad, certificada por la autoridad sanitaria competente, poseer el Certificado de Discapacidad. Al peticionante le corresponde acreditar las condiciones de idoneidad para el puesto o cargo que deba cubrirse y/o solicitare.<br />
NORMATIVA: Ley 22.431 Art. 8º y 10º, Ley Nac. 23.462, Ley Nac. 23.592, Ley Nac. 24.308 Art. 5º Ley Nac. 25.689, Art. 16 de la Constitución Nacional, Art. 42º de la Constitución de la Ciudad Buenos Aires, Ley 1.502 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley Prov. 10.592.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Obtener la concesión de un espacio para la utilización de un pequeño comercio en todas las reparticiones públicas del Estado Nacional, en los entes descentralizados, autárquicos, las empresas mixtas del Estado, en reparticiones públicas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en reparticiones públicas de los Gobiernos Provinciales y Municipales. Están incorporados a este régimen, las empresas privadas que brindan servicios públicos. Tales como teléfono, energía eléctrica, gas, agua corriente, transporte terrestre, aéreo, marítimo o fluvial, asistencia sanitaria o educacional de todos los niveles, etc., así como también las obras sociales de los diversos sectores privados.<br />
LIMITACIONES:<br />
Los aspirantes deberán ajustarse a los términos que establecen las disposiciones y obligaciones legales, estar inscripto en el registro de aspirante a instalar pequeños comercios, ante el organismo competente, en relación a la solicitud.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 22.431, Ley Nac. 24.308. Dec. Nac. 795/94. Las normas Municipales sobre la materia o actos administrativos se deben ajustar a los términos que establecen las normativas vigentes. Son nulas de nulidad absoluta la concesión adjudicada sin respetar la obligatoriedad establecida en el presente régimen, estableciéndose prioridad para los ciegos y/o disminuidos visuales. El incumplimiento de las obligaciones legales, determinará para el funcionario la responsabilidad establecida en el artículo 1112 del Código Civil.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Una cobertura total 100% por parte del las Obras Sociales y la Medicina Prepaga que deben cubrir las mismas prestaciones, esto incluye: Terapias y rehabilitación, estimulación temprana, psicología, psicopedagogía, fonoaudiología, terapia ocupacional, centro de rehabilitación psicofísica, centro educativo terapéutico, rehabilitación motora, provisión de órtesis y prótesis, sillas de ruedas, pañales descartables, odontología integral, estudios genéticos y toda otra rehabilitación o terapia. Transporte a pesos 0,35 el kilómetro recorrido de ida y vuelta más un 35% si la persona necesita ayuda para subir y bajar. Educación tanto en escuela especial como común y maestro/a integrador/a. Internación en hogar con centro educativo terapéutico, hogar con centro de día. Prevención estudios de diagnóstico y control aunque no estén dentro de los servicios que brinda la prepaga u obra social y aquellos que tengan por fin prevenir o detectar tempranamente alguna discapacidad. Grupo Familiar apoyo psicológico al grupo familiar, diagnóstico y orientación a familiares de personas con discapacidad genéticas hereditarias. Otras prestaciones atención a cargo de especialistas que no pertenezcan al cuerpo de profesionales de la obra social o prepaga pero que deban intervenir indispensablemente, entre muchas otras y que deben ser cubiertas toda vez que estén debidamente indicadas por el profesional tratante.<br />
LIMITACIONES:<br />
Estar incluido en el sistema de Obras Sociales y Prepagas. Documentar la necesidad de la prestación cuya cobertura integral se solicita. Acreditar la discapacidad mediante el certificado de discapacidad, previsto en el Art. 3º de la Ley Nº 22.431 y sus homólogas a nivel Provincial. La prestación en el exterior no se subsidia, excepto que el costo de la prestación sea inferior al vigente en el país para la misma práctica.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 22431, Ley Nac. 23.660, Ley Nac. 23.661, Ley Nac. 24.314 Art. 22º inc. a, Ley Nac. 24.455, Ley Nac. 24754, Ley Nac. 24.901. (Res. Nº 400/99 Administración de Programas Especiales).</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Crear Talleres Protegidos de Producción con la finalidad de producir bienes y/o servicios cuyo plantel debe estar integrado por trabajadores discapacitados, físicos y/o mentales, preparados y entrenados para el trabajo, en edad laboral, y afectados de una incapacidad tal que les impida obtener y conservar un empleo competitivo; a crear Grupo Laboral Protegido por trabajadores discapacitados, con las mismas características, que laboren bajo condiciones especiales en un medio de trabajo indiferenciado; a crear Talleres Protegidos Terapéuticos, en el ámbito publico o privado en relación de dependencia con una unidad de rehabilitación de un efector de salud y que cuyo objetivo sean la integración social a través de actividades de adaptación y capacitación laboral, su plantel funciona con personas que por su grado de discapacidad, no pueden desarrollar actividades laborales competitivas ni en talleres protegidos.</p>
<p>LIMITACIONES:<br />
Encuadrarse en el régimen de habilitación y supervisión de los Taller Protegido de Producción para los trabajadores discapacitados, acreditarse bajo dependencia de una Asociación con Personería Jurídica y reconocida como de Bien Publico. El trabajo protegido en todos sus medios debe inscribirse en el organismo que el Ministerio de Trabajo determine. La presentación del proyecto/solicitud de habilitación, su plazo de tramitación, no es inferior a 1 año.<br />
NORMATIVA: El empleo protegido subordina su labor a un régimen laboral especial. Ley Nac. 22.431 Art. 12º y 23º, Ley Nac. 24.147, Dec. Nac. 498/83 Art. 6º y 12º.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Solicitar una Pensión No Contributiva por Invalidez.<br />
LIMITACIONES:<br />
Poseer una discapacidad mínima 76%, padecer deficiencias previsiblemente permanentes, de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen su capacidad física, psíquica o sensorial. No tener beneficios sociales, bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar. No tener familiares obligados a dar alimentos en condiciones de brindarlos. La Pensión no Contributiva por Invalidez es incompatible con cualquier otro beneficio previsional<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 18.910, Ley Nac. 20.475, Ley Nac. 20.888.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Una cobertura integral del (100%) de los gastos de medicamentos y así mismo a los pacientes sin cobertura médico asistencial y carentes de recursos económicos la provisión gratuita de la medicación requerida.<br />
LIMITACIONES:<br />
Se debe fundamentar la solicitud con el recetario de prescripción medica del tratamiento, ciclos, frecuencias según corresponda, resumen de historia clínica debidamente completado, en formulario oficial donde conste firma y sello del director del hospital como así mismo sello del establecimiento y firma y sello del médico especialista y/o tratante, encuesta social con todos los datos requeridos, fotocopia DNI, 1ª 2da y última hoja donde conste el domicilio real.<br />
NORMATIVA: Ley 23.661 Art. 28º, Ley 23.753, Ley 24.404.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
No ser discriminado. Es decir, para que haya discriminación hacia una persona con discapacidad deben ocurrir dos cosas: Que se las trate diferente por ser personas con discapacidad, o que este trato diferente impida el ejercicio de algún derecho.<br />
NORMATIVA: Cuando el Estado, una Entidad, las Obras Sociales, las Prepagas, o los Funcionarios en incumplimiento de sus funciones y obligaciones, vulneran cualquier derecho legal, todos tienen una herramienta constitucional, el Recurso de Amparo, la discriminación o el incumplimiento de su atención, es penalizada y todos pueden iniciar la acción legal pertinente para su reparación. Constitución Nacional Art. 16º, Ley Nac. 23.592, Ley Nac. 24.782, Ley Nac. 25.280.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Solicitar una franquicia tributaria para la adquisición de un automóvil. El beneficio consiste en una contribución del Estado para adquirir un vehiculo de industria nacional, tipo estándar sin accesorios opcionales ni comandos de adaptación y su precio de contado de venta al publico, no superara el 50 %. También se puede optar por la exención de los impuestos internos y/o gravamen impuesto a la unidad o adquirir uno de origen extranjero, modelo estándar con los mecanismo de adaptación necesarios y sin accesorios opcionales, su costo es al valor F.O.B. esta exento del pago de derecho de importación y de los impuestos internos entre ellos de las tasas de estadísticas y servicio portuario.<br />
LIMITACIONES:<br />
Acreditar discapacidad, certificada por la autoridad sanitaria competente, poseer el certificado de discapacidad. Acreditar a la fecha de la solicitud mediante depósito bancario, tenencia accionaría, tenencia de títulos o tenencia de bienes de fácil comprobación al importe similar del valor del vehículo que se trata de adquirir. Justificar haber tenido el titular del beneficio o su grupo familiar durante los últimos 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, ingresos mensuales no inferiores al 5% del valor del automóvil a adquirir. El vehículo adquirido conforme a este beneficio es inembargable por el término de 4 años, en ese periodo, la unidad no puede ser vendida, donada, permutada, cedida o transferida a titulo gratuito u oneroso, salvo que exista una razón que lo justifique.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 19.279, Ley Nac. 22.499 y Ley Nac. 24.183.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Jubilarse con 20 años de servicio y 45 de edad, cuando se hayan desempeñado en relación de dependencia o 50 años, como trabajador Autónomos.<br />
LIMITACIONES:<br />
Acreditar su discapacidad, certificada por la autoridad sanitaria oficial, tener la capacidad laborativa reducida en un 33% como mínimo. Documentar haber trabajado los últimos 10 años inmediatos a la solicitud de jubilación en estado de disminución física o psíquica Estar afiliado al régimen nacional de previsión.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 18.037, Art. 45º y 49º, Ley Nac. 18.038 Art. 33º. Ley Nac. 20.475, Ley Nac. 20.888, Ley Nac. 22.431 Art.25º.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Poseer el Símbolo Internacional de Libre Estacionamiento.<br />
LIMITACIONES:<br />
Ser titular de la unida, salvo que exista una razón que lo justifique en el caso de ser menor o novidente. Poseer certificado de discapacidad, otorgado por la autoridad sanitaria competente.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 19.279 Art. 12º.</p>
<p>DERECHO A&#8230;<br />
Solicitar la exención del pago de Patentes del Automotor conforme a las disposiciones fiscales vigentes.<br />
LIMITACIONES:<br />
Ser titular de la unidad adquirida. El vehiculo debe poseer el Símbolo Internacional de Libre Estacionamiento. Poseer el certificado de discapacidad, otorgado por la autoridad sanitaria competente. La exención del pago de la patente se concede conforme a lo normado en el régimen de la Ley Nacional 19.279 y lo dispuesto en los Códigos, Leyes y/o Ordenanzas Fiscales. La exención del pago de patente alcanza a un solo vehículo, en tanto el beneficiario conserve la única titularidad del dominio.<br />
NORMATIVA: Ley Nac. 19.279, Ley Nac. 25.280, y lo dispuesto en los Códigos Fiscales vigentes.</p>
<p>OTROS BENEFICIOS SOCIALES:</p>
<p>- Las personas con discapacidad, hipoacúsicas o con impedimento del habla, pueden solicitar a las empresas prestatarias del servicio público telefónico, El Servicio de Telefonía Publica y Domiciliaria para Personas Hipoacúsicas o con Impedimentos del Habla, la adquisición y suministro del aparato para la utilización del servicio esta a cargo del usuario, el costo de este servicio es equivalente al de las llamadas efectuadas mediante teléfonos domiciliarios convencionales. Ley Nacional 24.421.</p>
<p>- Los vehículos pertenecientes a las personas con discapacidad están exentos del arancel tarifarío correspondiente al costo de la Verificación Técnica Vehicular. La persona que solicite la exención debe poseer el Certificado de Discapacidad, certificada por la autoridad competente, documentar ser titular del automóvil, el beneficio es para una única unidad. El marco legal esta establecido en las leyes de transito, y regulado por diferente normativas Provinciales, donde se especifica que todo vehiculo destinado a circular por la vía publica esta sujeto a una revisada técnica.</p>
<p>- Las personas con discapacidad que reúnas requisitos específicos, pueden solicitar la exención del pago, a las contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, Pavimento y Aceras (en este caso, el ABL y/o Impuesto Municipal) para ello, se debe acreditar discapacidad certificada por la autoridad sanitaria competente, poseer el Certificado de Discapacidad, documentar ser propietario, condómino, usufructuario o beneficiario del derecho de uso de un único bien inmueble, destinado a vivienda propia y ocuparla efectivamente el inmueble, en la inspección in-situ del inmueble del titular, se realiza un informe socio-económico de estilo, para el estudio de la correspondiente exención, en el caso de que correspondiera, así mismo no debe ser titular de dominio o condominio de otro u otros inmuebles urbanos o rurales dentro del territorio nacional, la valuación de la exención es normada y lo determinan las Ordenanza Impositivas Vigentes o la/s Ley/es Tarifaría Vigente, según el Distrito Provincial donde se solicita la exención.</p>
<p>- Los vehículos pertenecientes a las personas con discapacidad están exentos del pago de peaje en las autopistas urbanas de la Ciudad de Buenos Aires (Autopistas 25 de Mayo, Perito Moreno y Arturo Illia) previo a la tramitación de la tarjeta de paso (Pase Libre) para el titular y/o conductor del vehiculo, de acuerdo a lo que establecen las Leyes 1893 y 2108 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publicada en el Boletín Oficial 2569/2007. La persona que solicite la exención debe poseer el Certificado de Discapacidad, certificada por la autoridad sanitaria competente, conforme a lo normado por la ley 22431 y/o sus respectivas leyes provinciales. Documentar ser titular del automóvil, poseer el Símbolo Internacional de Libre Estacionamiento. El beneficio es para una única unidad. El marco legal esta establecido en la ley 1893 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se especifica que &#8220;En las autopistas urbanas de la Ciudad cuyo tránsito esté sujeto al pago de un peaje se otorgará un pase libre a los vehículos que circulen con el símbolo Internacional…”, en tanto el beneficiario sea una persona con discapacidad y titular del vehiculo.</p>
<p>Primera Campaña Nacional de sensibilización sobre la difusión de los legítimos derechos de las personas con discapacidad de la Republica Argentina por la Internet y para la World Wide Web.<br />
Esta campaña contó con el patrocinio de la Asociación Moviliza Argentina y el auspicio del Consejo Municipal de Discapacidad.<br />
Esta información no tiene derechos de publicación. Se puede bajarla de la Web y hacer copias y compartirlas con otras personas e Instituciones, siempre y cuando menciones el origen de la información.</p>
<p><span style="color: #000000; font-family: Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"> Autor: luisliendro@yahoo.com.ar -</span></p>
<p><span style="color: #000000; font-family: Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"> Prohibida su reproducción total y/o parcial con fines lucrativos. </span></p>
<p><span style="color: #000000; font-family: Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Sito Web de ref.: http://luisliendro.galeon.com</span></p>
<p></span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Todo en un solo lugar&#8230;..</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Aug 2011 19:47:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Conocimiento]]></category>
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		<description><![CDATA[Estructuralmente o virtualmente la consigna es todo en un mismo lugar…bienvenidos a la convergencia. Debido a una orden médica debo comprar una serie de medicamentos, pero aprovechando los tiempos realizo la compra de leche y pañales de bebé, estando en el local recordé que me faltan artículos de perfumería y para evitar pasar por un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Estructuralmente o virtualmente la consigna es todo en un mismo lugar…bienvenidos a la convergencia.</strong></p>
<p>Debido a una orden médica debo comprar una serie de medicamentos, pero aprovechando los tiempos realizo la compra de leche y pañales de bebé, estando en el local recordé que me faltan artículos de perfumería y para evitar pasar por un almacén compro acá mismo una bebida gaseosa y alguna golosina…a todos nos suena conocida esta situación.</p>
<p>La situación descripta es un claro ejemplo de convergencia de productos y servicios en un solo lugar, así empezaron a delinearse las estructuras de muchos modelos de negocios hace ya más de una década. Pero estos cambios que se comenzaban a plantear en los modelos de negocios iban a instalarse también en la tecnología…</p>
<p>Debido a que mi celular dejó de tener ciertas aplicaciones que necesito decido la compra de uno nuevo. En este nuevo equipo cuento no sólo con los servicios de telefonía, mensaje de texto, sino que puedo escuchar música, radio, navegar por internet, tener una conexión online con mis redes sociales y contar con aviso de actualizaciones de las mismas, puedo acceder a conversaciones gratuitas a través de diversos proveedores de chat, conferences, etc…y todo en un solo aparato.</p>
<blockquote><p><a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/08/convergenca.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-54" title="convergenca" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/08/convergenca-300x152.jpg" alt="" width="300" height="152" /></a>Y esta convergencia de servicios tiene un horizonte aún más amplio que se encuentra en la “nube”, muchos sites incluyen dentro de una temática diferentes ofertas de servicios, productos, etc. y en ellos también se encuentra todo en un solo lugar.</p></blockquote>
<p>Pero aprender a adaptarnos a esta realidad ya instalada implica saber manejar la convergencia con una lógica y una coherencia que si se pierde puede atentar contra nuestro modelo de negocio. Esta lógica y coherencia nos dice qué combinaciones de ofertas pueden ser más efectivas, qué productos y servicios brindados de manera simultánea pueden ser más atractivos para el cliente, en definitiva definir los aspectos que integrarán la composición de mi modelo de negocio es lograr la orquestación correcta del mismo, encontrar el encaje ideal de dichos aspectos aportan al éxito en la diferenciación y en el posicionamiento.</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Porque es necesario &#8220;pertenecer&#8221;</title>
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		<pubDate>Fri, 17 Jun 2011 15:04:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[Aprender a aprender]]></category>
		<category><![CDATA[Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Gestión del Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Información]]></category>

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		<description><![CDATA[Muchas veces nos encontramos ante la invasión de las redes sociales en nuestras vidas y no son pocos quienes se preguntan para que pertenecer a ellas, no son pocos quienes temen por privacidad a incorporarse a ese nuevo mundo que por abstracto, por invisible nos parece menos real y aun sin sentido que en el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/06/redes_sociales.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-49" title="redes_sociales" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/06/redes_sociales-300x252.jpg" alt="" width="300" height="252" /></a>Muchas veces nos encontramos ante la invasión de las redes sociales en nuestras vidas y no son pocos quienes se preguntan para que pertenecer a ellas, no son pocos quienes temen por privacidad a incorporarse a ese nuevo mundo que por abstracto, por invisible nos parece menos real y aun sin sentido que en el que vivimos, donde nos sentimos seguros por un trabajo, por un oficio, y donde lo virtual muchos piensan es solo para el ocio.</p>
<blockquote><p>Es importante entender que las redes sociales hoy día juegan un papel de trascendencia en muchos ámbitos de nuestras vidas e incorporarlas muchas veces implica la oportunidad hacia nuevos horizontes no solo sociales sino profesionales, laborales, etc.</p></blockquote>
<p>En esta oportunidad es de nuestro interés (dado que es la razón de este blog) compartir conocimiento y quisiéramos hacer llegar algunos resultados provenientes de un estudio realizado por &#8220;the cocktail analysis&#8221;(2011)<a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/06/redes-sociales-universales.jpg"><img class="aligncenter size-medium wp-image-48" title="redes-sociales-universales" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/06/redes-sociales-universales-300x211.jpg" alt="" width="300" height="211" /></a> con el aval de Microsoft y BBVA.</p>
<p>En esta entrega nos interesa centrarnos en las &#8220;motivaciones para el uso de las redes sociales&#8221;.</p>
<ul>
<li>Gratuidad</li>
<li>Del one to one, al one to many</li>
<li>Disponibilidad</li>
</ul>
<p>Conjugar estas características es conjugar un servicio que resultar gratuito incluso en telefonía móvil que otorga tarifas planas para estas herramientas; el hecho de poder comunicar masivamente, migrar conversaciones a las redes sociales se convierte en un activo intangible de gran valor para muchos modelos de negocios; por último el acceso a la pc, laptops, tablets, telefonía móvil y la instalación del hábito, en definitiva responden en gran medida al porque es necesario &#8220;pertenecer&#8221;.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>El Factor Humano</title>
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		<pubDate>Tue, 24 May 2011 15:55:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Gestión del Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Aprender a aprender]]></category>
		<category><![CDATA[Aprendizaje]]></category>
		<category><![CDATA[Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Información]]></category>

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		<description><![CDATA[“Al final la nueva economía no está en la tecnología, ya sea esta el microchip o la red global de telecomunicaciones. Está en la mente humana.” Alan Webber. “En esta nueva era la riqueza no se ve ni se toca, pero existe.” Botta Mirta. &#160; La economía del conocimiento o de la información puede verse [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote>
<p style="text-align: center;"><strong>“</strong><strong>Al final la nueva economía no está en la tecnología, ya sea esta el microchip o la red global de telecomunicaciones. Está en la mente humana.” Alan Webber.</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong>“En esta nueva era la riqueza no se ve ni se toca, pero existe.” Botta Mirta.</strong></p>
</blockquote>
<p>&nbsp;</p>
<p>La economía del conocimiento o de la información puede verse como un nuevo camino por el que se encuentran transitando las organizaciones y en el que se permite desarrollar altas velocidades. Información y conocimiento se transformaron en dos temas vitales, porque la tecnología está disponible a escala masiva y porque la falla en hacer de la información y el conocimiento el centro de la actividad de una empresa puede provocar, como nunca antes, su desaparición.</p>
<p>En esta carrera la energía proviene de los denominados activos intangibles, entre ellos el conocimiento. Son imprescindibles la capacidad de aprender y de desaprender, y de comprender que este es un proceso dinámico y que el aprendizaje de por vida es lo único que nos permitirá lograr la ventaja competitiva sostenible que nunca nos sacará de carrera.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En esta nueva era no hay nada cierto y se tiene que aprender a vivir con entornos caóticos y complejos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Se requiere un cambio de mentalidad que por un lado implique lo reflejado en la siguiente cita de Margaret Wheatley: “Alguna vez nos hicieron sentir seguros las cosas visibles, las estructuras que podíamos ver. Ahora es tiempo de abrazar lo invisible.” Y por otro reconocer que en el centro de esta nueva forma de gestión está ante todo el reconocimiento del individuo no como recurso humano sino como un humano lleno de recursos, de ahí la necesidad de empezar a comprender la complejidad y el respeto necesario en todo sistema que incluya personas, no gestionamos estructuras, gestionamos: conocimientos, emociones, intereses, placeres, pasiones….la gestión de toda organización que comprenda esto abarca la verdadera complejidad de una gestión eficaz.</p>
<p style="text-align: right;">&nbsp;</p>
<p style="text-align: right;">&nbsp;</p>
<p style="text-align: right;"><em><a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/05/otra-de-li.gif"><img class="aligncenter size-full wp-image-42" title="otra-de-li" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/05/otra-de-li.gif" alt="" width="254" height="223" /></a><br />
</em></p>
]]></content:encoded>
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		<title>Gestionar el Conocimiento</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 18:06:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Gestión del Conocimiento]]></category>
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		<description><![CDATA[“Todas las organizaciones saludables, sienten y responden, generan y usan conocimiento.” Los cambios sociales y tecnológicos que amenazan en la actualidad al orden interno de las organizaciones, está obligando a modificar los modelos mentales de quienes las gestionan, a fin de poder generar dentro de las mismas un clima de reflexión y aprendizaje. Esta situación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong><br />
<blockquote>“Todas las organizaciones saludables, sienten y responden, generan y usan conocimiento.”</p></blockquote>
<p></strong></p>
<p style="text-align: left;">Los cambios sociales y tecnológicos que amenazan en la actualidad al orden interno de las organizaciones, está obligando a modificar los modelos mentales de quienes las gestionan, a fin de poder generar dentro de las mismas un clima de reflexión y aprendizaje.</p>
<p style="text-align: left;">
Esta situación lleva a enfocar la atención hacia nuevos factores que se requieren para lograr un crecimiento continuo, dejando de lado a los recursos monetarios y estructuras rígidas, y considerando al conocimiento como la herramienta que asegurará el cambio organizacional.</p>
<p style="text-align: left;">
Responder a los nuevos entornos requerirá de crear sistemas más complejos que ayuden a reflexionar sobre nuestros actos y comprender la realidad, de esa manera se logrará producir nuevos conocimientos. Para ello resulta imprescindible aprender a gestionar ese nuevo conocimiento que se genera internamente en las organizaciones, a fin de poder darle la dirección y utilidad adecuada.</p>
<p style="text-align: left;">
La gestión de conocimiento se considera como un proceso de gestión complejo que permite transferir las experiencias y conocimientos actuales a todo el resto de la organización, de modo que pueda utilizarse y retroalimentarse por la acción de los demás sectores organizacionales.</p>
<p style="text-align: left;">
Este nuevo proceso que se está incorporando cada vez más en las culturas organizacionales, consiste en capturar, organizar, almacenar y transferir el conocimiento de las personas, para transformarlo en un activo intelectual que pueda dar utilidad y beneficios futuros.</p>
<p style="text-align: left;">
Actualmente se cuenta con avanzada tecnología que ayuda a desarrollar este proceso sistémico de administración de la información, y se adecua perfectamente a aquellas tecnologías que ayudan a dar mejores utilidades al nuevo conocimiento.<br />
Entre los diversos beneficios que se pueden alcanzar a través de la gestión del conocimiento, es el de ayudar a la toma de decisiones, brindando información útil y actual que proviene de la interacción de los integrantes de la organización.</p>
<p style="text-align: left;">
<blockquote><p>Las empresas que aprendan a gestionar la información que se genera en sus interacciones con los demás actores del mercado, estarán más preparadas para aceptar el cambio y adaptarse a las nuevas exigencias del entorno.</p></blockquote>
<p><a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/04/post.png"><img class="aligncenter size-full wp-image-25" title="post" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/04/post.png" alt="" width="180" height="144" /></a></p>
]]></content:encoded>
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		<title>Compartir conocimiento</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Mar 2011 21:22:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Conocimiento]]></category>
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		<category><![CDATA[Información]]></category>

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		<description><![CDATA[Porque es necesario compartir el conocimiento? Hoy día el conocimiento está valorado como un capital de importancia dentro de las organizaciones. El compartir información y conocimiento permite generar una amplificación del mismo y ante todo el objetivo siempre es lograr que el conocimiento esté disponible allí donde sea necesario. Dentro de una comunidad el compartir [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Porque es necesario compartir el conocimiento?</strong></p>
<p>Hoy día el conocimiento está valorado como un capital de importancia dentro de las organizaciones. El compartir información y conocimiento permite generar una amplificación del mismo y ante todo el objetivo siempre es lograr que el conocimiento esté disponible allí donde sea necesario.</p>
<p>Dentro de una comunidad el compartir conocimiento nos ayuda a crecer, en realidad en cualquier ámbito el compartir conocimiento ayuda al crecimiento del sistema, de cualquier tipo que éste sea.</p>
<p>Usar este espacio para exponenciar nuestro conocimiento tiene múltiples objetivos:</p>
<ul>
<blockquote><li>Poder reconocer en qué lugar está situado determinado conocimiento.</li>
<li>Intercambiar conocimiento para beneficio de ambas partes.</li>
<li>Compartir conocimientos a partir de necesidades profesionales, el asesoramiento mutuo entre dos profesiones diferentes conduce al encontrar resultados de manera sencilla y rápida.</li>
<li>Mantenernos informados, porque cuando hablamos de conocimiento no sólo nos referimos a aspectos profesionales acumulados a lo largo de años de estudio y práctica, la información también es conocimiento y tener información y compartirla nos permite avanzar con pasos más amplios.</li>
</blockquote>
<p><a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/03/coop_pic.gif"><img src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/03/coop_pic-300x227.gif" alt="" title="coop_pic" width="300" height="227" class="alignnone size-medium wp-image-18" /></a>
</ul>
<p style="text-align: center;"><strong><br />
<blockquote>Por todo esto y por muchas razones más se creó este espacio donde el conocimiento y la información nos permitan el crecimiento.</p></blockquote>
<p></strong></p>
]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>Qué signficia Co-conocer</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Mar 2011 14:23:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>luciana</dc:creator>
				<category><![CDATA[Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Aprender a aprender]]></category>
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		<category><![CDATA[Asesoramiento]]></category>
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		<category><![CDATA[Crecimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Gestión del Conocimiento]]></category>
		<category><![CDATA[Información]]></category>

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		<description><![CDATA[Bienvenidos a  Co-Conocer! Co-Conocer… porque la pasión no sólo hace a la comunidad sino también a la formación de conocimiento en el sentido más amplio posible. El Conocimiento conforma la  base para el crecimiento conjunto , y sumando  todas las voluntades podremos crecer como Comunidad y desde nuestros  intereses individuales. Nuestros desarrollos se sustentan en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Bienvenidos a  Co-Conocer!</p>
<p><em>Co-Conocer… porque la pasión no sólo hace a la comunidad sino también a la formación de conocimiento en el sentido más amplio posible.</em></p>
<p>El Conocimiento conforma la  base para el crecimiento conjunto , y sumando  todas las voluntades podremos crecer como Comunidad y desde nuestros  intereses individuales.</p>
<p>Nuestros desarrollos se sustentan en dos pilares:</p>
<blockquote><p>. El Conocimiento:</p>
<ul>
<li>Personal: desde el conocimiento personal una red social ofrece múltiples usos y sumándonos afianzamos aún más nuestro concepto de Comunidad.</li>
<li>Laboral: el compartir conocimiento nos da la posibilidad de encontrarlo allí donde se necesite, la intención es abrir puertas donde la necesidad de conocimiento (profesiones, oficios, tareas, etc.) y el conocimiento se encuentren.</li>
<li>Social: como sociedad el conocimiento nos sirve para que todos expresen que necesidades tienen, que posibilidades tienen desde el ofrecimiento, y la sumatoria cree una cadena de favores en nuestra comunidad como respuesta a tantas problemáticas.</li>
</ul>
</blockquote>
<blockquote><p>. La Colaboración: si entendemos que las comunidades virtuales tienen posibilidades infinitas sabremos utilizarlas para nuestro propósito, con ellas todos estamos conectados por campos invisibles pero que existen y ahí están en sus efectos, en las relaciones, en las oportunidades, desde conseguir una oferta profesional hasta entablar una charla informal…..</p></blockquote>
<p>…por esto y mucho más te esperamos porque esta es tu Comunidad.<a href="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/03/conocimiento1.jpg"><img class="aligncenter size-medium wp-image-6" title="conocimiento[1]" src="http://www.comunidadcampana.com.ar/blogs/co-conocer/files/2011/03/conocimiento1-300x283.jpg" alt="" width="300" height="283" /></a></p>
]]></content:encoded>
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